A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant De Oficio·Respondent Raúl
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre la Sala Segunda de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, Caquetá y la comunidad de Amenani Huitoto del Paraje de Monochoa Puerto Santander, Amazonas, jurisdicción de Solano, Caquetá por proceso penal contra posible miembro de comunidad indígena, por la presunta comisión del delito de actos sexuales con menor de catorce años agravado en concurso heterogéneo con acceso carnal violento.
Cumplidos los presupuestos que configuran el conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos jurisprudenciales para asignar la competencia.
El elemento personal no se cumple pues se advierte que el procesado no está vinculado a la comunidad que propuso el conflicto.
Del material probatorio obrante igualmente se concluye que no se encuentra acreditado el factor territorial desde una perspectiva estricta: No resulta claro para la Sala que la comunidad de Amenani Huitoto, tenga una incidencia social y cultural efectiva en el territorio del Resguardo Indígena del procesado.
La Sala advierte que la conducta reporta alto grado de nocividad tanto para la comunidad indígena como para la sociedad mayoritaria, luego el factor objetivo no es determinante para asignar competencia.
Al constatar que en el expediente no obran elementos que demuestren que la institucionalidad de la jurisdicción especial indígena garantiza el enfoque diferenciado que exige el caso de cara a la gravedad de los delitos juzgados y a la condición de especial protección de la presunta víctima, la Sala Plena concluye que no se acredita el factor institucional.
Se asigna la competencia a la Jurisdicción ordinaria en su especialidad penal.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Sala Segunda de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, Caquetá y la comunidad de Amenani Huitoto del Paraje de Monochoa Puerto Santander - Amazonas Jurisdicción de Solano, Caquetá, en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción ordinaria es competente para conocer el proceso penal seguido contra el señor Raúl.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5851 a la Sala Segunda de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, Caquetá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a la comunidad de Amenani Huitoto del Paraje de Monochoa Puerto Santander - Amazonas Jurisdicción de Solano, Caquetá, y a los demás interesados en el proceso.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.